Conoce cuándo el Ejecutivo podría promulgar la ley para que los trabajadores accedan al 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Con 95 votos a favor, nueve en contra y una sola abstención, el Pleno del Congreso aprobó este 2 de mayo el dictamen que autoriza a los trabajadores la libre disposición del 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre del 2024. Ahora, surge una nueva duda: ¿desde cuándo se podrá acceder a la disposición de los fondos? En la siguiente nota te contaremos lo que debes saber.
El Presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, anunció este miércoles 15 de mayo que la ley será promulgada.
“En breve plazo se va a promulgar la ley que autoriza a la población a disponer del retiro de la CTS, a fin de cubrir sus necesidades por causa de la actual crisis económica. Esa es la decisión que se ha tomado en el Consejo de Ministros, en los días próximos se promulgará la ley que libera la CTS”, señaló Adrianzén tras culminar el Consejo de Ministros.
De ser promulgada, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en las normas legales del Diario Oficial El Peruano. El Ejecutivo tendrá 10 días hábiles para reglamentar la ley y establecer cómo se realizará el retiro de los fondos de CTS de los trabajadores. Los trabajadores podrán acceder a sus fondos de CTS luego de la publicación del reglamento de la norma.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó a los trabajadores que en caso no depositen la CTS dentro de la fecha establecida, esto es considerado una falta grave por lo que podría recibir una sanción de la siguiente manera:
Pequeña empresa: la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), entre S/2,070 y S/20,700.
Empresas no Mype: la sanción monetaria va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/7,222 y los S/120,152.