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Oficializan Ley N.º 32113 que regula el procedimiento concursal de clubes peruanos de fútbol

jhc
28 Ago 2024

La Ley N.º 32113, que modifica el procedimiento concursal de clubes peruanos de fútbol, fue oficializada este lunes 26 de agosto, en el diario El Peruano. De esta manera, el Parlamento ha logrado cambiar tres artículos, y derogar uno de la Ley 31279.
Una vez cumplido este paso, el administrador deberá informar sobre esta decisión a la Comisión de Procedimientos Concursales del Indecopi, la cual tiene la facultad de concluir “aquellos procesos sancionadores que se hayan iniciado formalmente antes de la resolución de designación del administrador provisional”.
La norma también establece requisitos para las personas que se encarguen de los clubes. En este caso, es obligatorio contar con título profesional y experiencia no menor de tres años como director, directivo, gerente, apoderado o representante legal en el sector deportivo de fútbol profesional.

Además, una vez elegido, estará en esta posición durante tres años, solo pudiendo quedarse una vez por un periodo de igual duración.
“No podrán ser elegidos como administradores provisionales aquellas personas naturales o jurídicas que hayan ejercido el cargo de administradores concursales con anterioridad a la vigencia de la presente ley”, se lee en el texto.
El administrador está facultado para elaborar y ejecutar un plan de viabilidad que contenga las proyecciones económicas, financieras y las fuentes de financiamiento; el modelo de negocios y los planes de inversión; además de los informes de tasación y valorización de los bienes. Asimismo, tendrá que tener el cronograma de pago de las acreencias concursales, cuyo plazo no deberán exceder de estos tiempos:

10 años para en el caso de que, en su conjunto, no superen los 20 millones de soles.
15 años para en el caso de que, en su conjunto, no superen los 30 millones de soles.
20 años para en el caso de que, en su conjunto, no superen los 50 millones de soles.
25 años para en el caso de que, en su conjunto, superen los 50 millones de soles, pero sean menores a los cien millones de soles.
30 años para en el caso de que, en su conjunto, superen los 100 millones de soles.

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